
mipromulgada como ley en 2022, la Ley de la República No. 11765, la «Ley de Protección al Consumidor de Productos y Servicios de Consumo» (FCPA) busca establecer procedimientos de reparación y manejo de quejas para los consumidores, como mediación, arbitraje y otras formas de resolución de disputas diferentes. una decisión para abordar los problemas/insatisfacción de los clientes financieros que surgen de productos o servicios.
Para implementar esta política, la ley autorizó al Bangko Sentral ng Pilipinas (BSP) a resolver acciones que surjan de transacciones financieras o se basen en ellas.
De conformidad con esta delegación de poderes bajo la FCPA, la Junta de Finanzas aprobó, el 16 de marzo, las Reglas de procedimiento para la realización de asistencia al consumidor, mediación y arbitraje de casos en el BSP para regir las disputas entre clientes bancarios y Bangko Sentral Depository. Instituciones. (BSI).
PROCEDIMIENTO INTELECTUAL
Las Reglas establecen un Mecanismo de Asistencia al Consumidor (CAM) de dos niveles para ayudar a los consumidores financieros a expresar sus quejas. El primer nivel es el Mecanismo de Asistencia para la Protección del Consumidor Financiero (FCPAM) de BSI para consumidores que no están satisfechos con un producto o servicio financiero.
Los clientes bancarios que no estén satisfechos con el manejo de sus inquietudes por parte del BSI o que sus inquietudes no hayan sido atendidas oportunamente podrán remitir su asunto al BSP-CAM, a través del Departamento de Atención al Cliente de Gestión de Consumidores y Mercados (CPMCO). ), presentando sus quejas en persona, a través del BSP Online Buddy Chatbot, correo postal, mensaje de texto, correo electrónico u otros medios electrónicos.
Informar al CAM es un requisito previo para la mediación y el litigio porque las quejas presentadas ante el BSP deben ir acompañadas de declaraciones y documentos de respaldo que demuestren que el demandante ha participado previamente en el FCPAM del BSI.
PENSAR
La mediación es una intervención del BSP, a través de sus mediadores autorizados, para facilitar la comunicación y la negociación entre las partes y ayudarlas a llegar a un acuerdo aceptable.
La mediación se puede iniciar cuando la CPMCO presenta una queja del consumidor a la Oficina de Resolución de Quejas del Consumidor (CCRO), o al terminar el BSP-CAM, presentando a la CPMCO una solicitud por escrito para enviar un poder.
JUICIO
Las quejas de los clientes financieros que surgen de transacciones financieras o están relacionadas con ellas son de naturaleza puramente personal, y el reclamo o remedio buscado es solo para el pago o reembolso de una cantidad que no exceda los P10 millones en total, excluyendo los intereses legales, el abogado. Los costos y costos del litigio deben iniciarse presentando ante la CCRO una Queja Formal, junto con un Acuerdo y Certificado de Negociación Fuera del Foro, y los documentos de respaldo.
Los procedimientos ante el BSP deberían ser sumarios, como si no existieran disposiciones legales y no se aplicaran reglamentos técnicos. Sin embargo, todas las declaraciones juradas de los testigos deben cumplir con la Regla de Juramento de la Constitución. Un juez no admitirá como prueba ninguna declaración jurada legal que no se ajuste al formulario prescrito en virtud de la Ley de declaraciones juradas legales.
Una queja formal puede presentarse en persona, por correo certificado o por mensajería a la CCRO en la sede de BSP. Si el Acuerdo Formal tiene suficiente forma y fondo, el Juez deberá inmediatamente citar al demandado para que presente una respuesta verificada dentro de los 30 días siguientes a su recepción.
Dentro de los quince días siguientes a la recepción de la respuesta, el Juez emitirá un aviso ordenando a las partes y a sus representantes asistir a una Primera Conferencia. Después de la Primera Conferencia, el Juez emite una orden ordenando a las partes que presenten sus documentos de posición en una fecha fijada por el Juez dentro de los 30 días siguientes al final de la Primera Conferencia. Una vez presentado por las partes sus escritos de posición, o transcurrido el plazo para archivar el caso, se tendrá por sometido el caso a decisión. El Juez deberá dictar resolución dentro de los 60 días siguientes a la emisión del auto sometiendo el caso a resolución, el cual podrá prorrogarse por causa justificada.
La decisión adquiere firmeza y fuerza ejecutiva después de transcurridos 10 días desde que fue recibida por las partes, salvo que se presente recurso de reconsideración. Una decisión o decisión sobre una moción de reconsideración no es apelable ante el Gobernador o la Junta de Ingresos. No se concede el segundo recurso de reconsideración.
Después de que la sentencia u orden sea definitiva, el juez emite una orden de ejecución ordenando al alguacil que haga cumplir la sentencia u orden.
El Reglamento está contenido en la Circular N° 1169, emitida por la Junta Monetaria el 24 de marzo del presente año, y entrará en vigor el 1 de mayo.
Los puntos de vista y opiniones expresados en este artículo son los del autor. Este artículo tiene fines informativos y educativos únicamente y no constituye asesoramiento ni opinión legal.
Luke Morgan B. Codilla es socio de Angara Abello Concepcion Gift & Cross Law Offices (ACCRALAW), sucursal de Davao.
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