Las prácticas de marketing desleales, tal como se definen en la CPA, entran dentro de su categoría de divulgación no autorizada de información personal. Parte 2(47)(ix) lea lo siguiente:
«prácticas comerciales desleales» significa cualquier práctica comercial, con el propósito de promover la venta, uso o suministro de bienes o para la prestación de servicios, que implica cualquier práctica desleal, desleal o engañosa, incluidos algunos de estos términos, a saber. …
…(ix) revelar a otra persona información personal proporcionada de buena fe por el cliente a menos que dicha revelación se haga de conformidad con las disposiciones de cualquier ley vigente en el momento.»
La sección 10 de la CPA otorga a la CCPA una amplia gama de poderes, incluida la regulación de cuestiones relacionadas con prácticas comerciales desleales. Por lo tanto, la CCPA parece tener jurisdicción sobre asuntos relacionados con la divulgación no autorizada de información personal proporcionada por los consumidores. Sin embargo, la divulgación de información personal no constituye prácticas comerciales desleales si la divulgación se realiza de conformidad con las disposiciones de cualquier ley. Supuestamente, la Ley DPDP establece disposiciones para la adecuada recopilación y divulgación de datos personales. Por lo tanto, esta situación está directamente relacionada con el dominio del DPB en virtud de la Ley DPDP.
La Ley DPDP define la violación de datos personales como el procesamiento no autorizado de datos personales, que incluye el intercambio o divulgación no autorizados de datos personales digitales. Además, el poder de investigar y sancionar por violación de las disposiciones de la Ley DPDP o violación de datos personales recae en la DPB como se establece en la Sección 27 de la Ley DPDP.

